Es legal, todos estos propietarios deducen el 50% de su impuesto predial con un solo documento

Al igual que millones de propietarios, recibirá su aviso de impuesto predial antes del 9 de octubre. Y, una vez más, debería ser, salvo excepciones, más alto. Un poco más alto si su municipio no ha revisado su tasa y solo aplica el aumento nacional del 1.7%, y más significativamente si su municipio ha revisado su escala. Pero existen soluciones para limitar el impacto, en particular mediante un mecanismo de límite menos conocido que el que exime del pago a algunos hogares de bajos ingresos.
Previsto en el artículo 1391 B ter del Código General Tributario, este discreto mecanismo permite, sin embargo, la eliminación pura y simple de una parte del impuesto predial. En concreto, los contribuyentes elegibles pueden eliminar la parte del impuesto predial que supere el 50% de sus ingresos familiares. Se trata de un mecanismo interesante, pero sujeto a varias condiciones.
En primer lugar, el inmueble sobre el que se calcula el impuesto predial debe ser la vivienda habitual. En segundo lugar, el contribuyente que realiza la solicitud no debe haber estado sujeto al Impuesto sobre el Patrimonio Financiero (IFI) durante el año anterior. Por último, los ingresos fiscales de referencia del hogar no deben superar ciertos límites, establecidos en función del número de participaciones.

Por ejemplo, en 2025, debe consultar la base imponible de referencia para 2024. Puede consultarla en su espacio personal de la página web de Hacienda o a través del aviso fiscal que recibió este verano tras su declaración de la renta. Para beneficiarse de esta reducción, su base imponible de referencia para 2024 no debe superar los 29.815 € para una sola persona, más 6.966 € por la primera mitad adicional y 5.484 € por la segunda mitad. Tenga en cuenta que las autoridades fiscales también tienen en cuenta los intereses de ciertas cuentas de ahorro para determinar si cumple los requisitos.
Para beneficiarse de este límite, deberá completar el formulario n.º 2041-DPTF-SD, disponible en la página web de Hacienda , y adjuntar la documentación necesaria, como su aviso de la renta. Todo esto debe enviarse a su oficina de finanzas públicas, cuyos datos de contacto aparecen en su aviso de impuesto predial. También puede solicitarlo en línea, a través de su espacio personal en impots.gouv.fr. Si tiene alguna dificultad, no dude en contactar con su oficina de Hacienda.
Para activar este límite, debe completar un formulario y enviarlo a su centro de impuestos con la documentación justificativa, a más tardar el 31 de diciembre de 2026 para el impuesto predial de 2025. Si se acepta la solicitud, las autoridades fiscales le reembolsarán el sobrepago y los intereses de demora. Tenga en cuenta que se trata de un posible reembolso y, por lo tanto, no le exime de pagar el impuesto antes del 20 de octubre. Además de este límite, recuerde que las personas mayores de 75 años o que reciben la AAH pueden, sujeto a condiciones de comprobación de recursos, estar completamente exentas del impuesto predial.
L'Internaute