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ANUNCIO DEL TRIBUNAL DEL CATASTRO DE ELBISTÁN, REPÚBLICA DE TURQUÍA

ANUNCIO DEL TRIBUNAL DEL CATASTRO DE ELBISTÁN, REPÚBLICA DE TURQUÍA

República Turca DEL TRIBUNAL DE CATASTRO DE ELBISTÁN ANUNCIO

NÚMERO DE BASE: Base 2021/5

DECISIÓN N.º: 2023/30

Al final del juicio abierto del caso Catastro ( Sobre la Objeción a la Determinación ) presentado en nuestro tribunal por los demandantes İzzettin Özgürsoy, Ali Bozoğlan y otros contra los demandados Ahmet Bozoğlu y Ali Dursun Bozoğlu y otros, se tomó la siguiente decisión.

DISPOSICIÓN:

1- Se ACEPTA la demanda interpuesta por el demandante İzzettin ÖZGÜRSOY en relación con la parcela con número 18 de la isla 115 del barrio de Alıçlıbucak del distrito de Göksun, y se CANCELA la Determinación relativa al Catastro Actualizado de la parcela con número 18 de la isla 115 y la parcela con número 20 de la isla, en el barrio de Alıçlıbucak del distrito de Göksun, y la parte de 2.885,22 m² indicada con la letra (A) en el croquis adjunto al informe de fecha 26 de octubre de 2022 (de fecha 24/10/2022) elaborado por el perito técnico Metehan Atakan se subdivide de la parcela con número 20 de la isla 115 y se añade a la parcela con número 18 de la isla. Isla 115. REGISTRAR la parcela número 18 de la Isla 115 con una superficie de 10.793,95 m² y la parcela número 20 de la Isla 115 con una superficie de 12.296,08 m². CONSIDERAR el informe de fecha 26 de octubre de 2022 y el croquis adjunto como ANEXO a la Decisión (de fecha 24/10/2022).

2- La demanda interpuesta por el demandante İzzettin ÖZGÜRSOY con respecto a las parcelas del distrito de Göksun, barrio de Alıçlıbucak, parcela de actualización número 19 de la isla 115 (parcela de catastro de instalaciones n.º 524), parcela de actualización número 17 de la isla 115 (parcela de catastro de instalaciones n.º 257), actualización número 21 de la isla 115 (parcela de catastro de instalaciones n.º 492) y -La demanda interpuesta por los demandantes Ali Bozoğlan y Nazmi Bozoğlan con respecto a las parcelas de actualización número 20 de la isla 115 (parcela de catastro de instalaciones n.º 256), parcela número 17 de la isla 115, parcela número 19 de la isla 115, parcela número 21 de la isla 115; De conformidad con el artículo 26 de la Ley N° 3402, se RECHAZA y nuestro Tribunal NO TIENE COMPETENCIA por su competencia como Juzgado de Primera Instancia en lo Civil para conocer del caso .

3- REGISTRO y REGISTRO de las parcelas numeradas 115 Isla 17, 115 Isla 19, 115 Isla 21 en el distrito de Göksun, barrio de Alıçlıbucak, tal y como consta en el CATASTRO ACTUALIZADO.

4- Cuando la decisión sea firme, el expediente se remitirá al Juzgado Civil de Primera Instancia de Göksun competente, si se solicita en el plazo de dos semanas . Si no se solicita la remisión al tribunal competente dentro del plazo, el caso se considerará no abierto.

5- Si el expediente se envía al Juzgado Civil de Primera Instancia de Göksun, los informes de determinación catastral originales de las parcelas actualizadas numeradas 115 Isla 18 y 115 Isla 20 se enviarán a la OFICINA DE REGISTRO DE TIERRAS de Göksun para su registro como anexo a la decisión final .

6- Después de deducir la tarifa de 35,90 TL recibida por adelantado, la tarifa restante de 233,95 TL se cobró a los demandados, que son los propietarios de la parcela nº 20 del Bloque 115, y se registró como ingreso al tesoro.

7- Del total de gastos de litigio de 2.671,90 TL, que consisten en 571,90 TL de honorarios de inspección, 1.200,00 TL de honorarios de dos expertos, 900,00 TL de honorarios de vehículos de inspección y 3.624,65 TL de gastos postales, 1.208,00 TL fueron pagados por el demandante İzzettin Özgürsoy, de los demandados que son los propietarios de la parcela n.º 20 en el Bloque 115, y fueron entregados al demandante İzzettin Özgürsoy, y los gastos de litigio excesivos fueron evaluados por el tribunal competente, ya que se dictó una decisión de falta de jurisdicción con respecto a algunas parcelas.

8- De acuerdo con la tarifa mínima de honorarios de abogados vigente en la fecha de la decisión, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley de Catastro, los honorarios de abogado de 6.000,00 TL debían cobrarse a los demandados, propietarios de la parcela nº 20 de la isla 115, y entregarse al demandante, İzzettin Özgürsoy.

La decisión, dictada en el plazo de dos semanas tras su notificación a las partes, con posibilidad de recurso ante el Tribunal Regional de Justicia de Gaziantep, fue leída con claridad y explicada detalladamente en ausencia de las partes. «La decisión de este tribunal se notifica a los demandados Ahmet Bozoğlu y Ali Dursun Bozoğlu mediante aviso público, que actúa como sustituto de la notificación. 08/09/2025»

Número de prensa: ILN02292400 #ilan.gov.tr

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