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EXPLICADO: La nueva opción de residencia en España para familiares de españoles

EXPLICADO: La nueva opción de residencia en España para familiares de españoles

La nueva Ley de Extranjería española ha abierto una nueva vía de residencia para familiares de españoles no comunitarios. Aquí se detallan los derechos que otorga, quién puede solicitarla, los requisitos y más.

La reforma, que fue de amplio alcance y abarcó cambios en todo, desde el estatus de los estudiantes extranjeros y las visas para solicitantes de empleo hasta la reducción de los tiempos de espera para que los inmigrantes indocumentados regularicen su situación.

Pero ahora los extranjeros que tengan parentesco con un nacional español pueden acceder a la denominada 'Residencia Temporal para Familiares de Españoles', o una utorización de residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española para darle su nombre completo en español.

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¿Qué es?

En esencia, este nuevo procedimiento prevé la autorización y regularización de la residencia de familiares de ciudadanos españoles que no sean nacionales de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza.

En la práctica es bastante similar a la preexistente Tarjeta de Familiar de Comunitario a nivel europeo, pero con importantes novedades que amplían el acceso, los derechos de residencia y garantizan una mayor seguridad jurídica a los familiares.

¿Quién puede solicitarlo?

Como era de esperar, existen varios requisitos para calificar para esta autorización de residencia.

Podrán solicitarlo quienes convivan con el nacional español y se encuentren en al menos una de las siguientes situaciones:

  • Cónyuge mayor de 18 años.
  • Socios registrados.
  • Parejas no inscritas, pero con relación estable demostrada (al menos 12 meses continuados o con hijos comunes).
  • Niños menores de 26 años (criados a partir de 21).
  • Los ascendientes de primer grado del ciudadano español o de su cónyuge o pareja de hecho si están a su cargo.
  • Padres o tutores de un menor español, si conviven o se encuentran al corriente en el cumplimiento de las obligaciones parentales.
  • Familiares hasta el segundo grado que cuiden de un ciudadano español con dependencia reconocida.
  • Hijos de españoles por origen.

¿Qué documentos se necesitan para aplicar?

Necesitará evidencia documental sólida para respaldar su solicitud, incluyendo:

Del pariente español:

  • Copia del DNI o pasaporte
  • Declaración de que el otro cónyuge o pareja no reside en España

Del pariente extranjero:

  • Pasaporte válido
  • Prueba del parentesco
  • Prueba de ser dependiente (si corresponde)
  • Para parejas: prueba de convivencia y descendencia común si corresponde

¿Qué derechos de residencia otorga?

La Residencia Temporal para Familiares de Españoles ofrece diversas ventajas a los ciudadanos extracomunitarios. Según España Abogados :

  • El derecho a residir y trabajar por cuenta ajena o propia en toda España
  • Derechos de residencia inicial de 5 años (o menos, si el período de residencia del español es menor)
  • Posibilidad de renovación por otros 5 años si se cumplen todos los requisitos
  • Permite la reagrupación familiar posterior
  • Si tanto el ciudadano español como el extranjero se encuentran fuera de España, se debe solicitar un visado en el Consulado de España en el país de residencia del extranjero. Este visado para familiares españoles permitirá la entrada en España, donde se podrá formalizar la residencia posteriormente. Si ambos ya se encuentran en España, la solicitud de residencia debe presentarse en la Oficina de Extranjeros.

Razones para denegar o perder la residencia:

  • Razones de orden público, seguridad o salud pública.
  • Lazos familiares rotos o “cohabitación falsa”: en otras palabras, mentir para obtener derechos de residencia.
  • Casos de matrimonios fraudulentos — véase más arriba
  • Si no se mantiene la cohabitación, auténtica o no.
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